La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos dispuso la suspensión total y temporaria de toda actividad vinculada a los inmuebles comprendidos en el polígono del proyecto urbanístico ‘Paisaje Costero’, en la zona de El Timbó, Paraná. Desde el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos (CCPIER) nos dirigimos a nuestros matriculados para solicitar su colaboración y asegurar el efectivo cumplimiento de la medida.
Desde el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos (CCPIER) nos dirigimos a nuestros matriculados en el marco del pedido de colaboración necesaria para asegurar el efectivo cumplimiento de la medida adoptada por la Secretaría de Ambiente de la provincia, ponemos en conocimiento de todos los colegiados la Resolución N.º 0173/26 de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Entre Ríos, dictada en fecha 30 de marzo de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el día 15 de abril de 2026, vinculada al proyecto urbanístico denominado “Paisaje Costero”, ubicado en el ejido de la ciudad de Paraná, zona de El Timbó.
Mediante la citada resolución, la Secretaría de Ambiente dispuso la SUSPENSIÓN TOTAL Y TEMPORARIA DE TODA ACTIVIDAD VINCULADA A LOS INMUEBLES comprendidos dentro del polígono allí identificados, estableciendo que dicha medida tiene carácter inmediato y de ejecución directa.
La medida alcanza a cualquier persona humana o jurídica que pretenda realizar actividades en el predio, incluidos los titulares, poseedores y desarrolladores individualizados en la propia resolución.
Asimismo, se dispuso que la suspensión se mantendrá hasta tanto el proyecto sea categorizado y, en caso de corresponder, obtenga la Declaración de Impacto Ambiental pertinente y se regularice la situación conforme a la normativa ambiental aplicable.
Entre los fundamentos de la medida, la Secretaría de Ambiente señala la existencia de intervenciones sobre el medio natural, entre ellas desmonte, terraplenado, movimientos de suelo, obstrucción y canalización de cursos de agua y quemas, así como el desarrollo de actividades sin la correspondiente certificación ambiental, considerando configurado un riesgo y daño ambiental significativo y un riesgo hidráulico.
En virtud de ello, y atento a que ha llegado a conocimiento de este Colegio que continúan ofreciéndose y/o comercializándose lotes comprendidos en el sector alcanzado por la medida de suspensión, se recuerda a todos los matriculados la plena vigencia de lo dispuesto por la autoridad ambiental provincial.
Por tal motivo, se refuerza la difusión de la referida resolución -la cual se adjunta-, y se solicita a los matriculados que se abstengan de intervenir, publicar, ofrecer, promocionar, comercializar, intermediar o realizar cualquier actividad vinculada con los inmuebles alcanzados por la Resolución N.º 0173/26, mientras se encuentre vigente la suspensión allí dispuesta.
Se solicita, asimismo, que cada profesional verifique adecuadamente la situación jurídica y administrativa de los inmuebles que tenga bajo su intervención y, ante cualquier duda respecto del alcance de la medida, se abstenga de realizar actos de comercialización hasta contar con la correspondiente regularización o autorización de la autoridad competente.
La presente comunicación se efectúa con carácter preventivo e institucional, procurando que todos los matriculados cuenten con información suficiente respecto de la vigencia y alcance de la medida ambiental adoptada y, fundamentalmente, evitar que se desarrollen actividades de intermediación inmobiliaria que pudieran resultar contrarias a una disposición administrativa vigente.
Se adjunta la Resolución N.º 0173/26 para su conocimiento y debido cumplimiento.
Imagen: ahora.com.ar