El Consejo Directivo del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos aprobó una resolución en la que se requiere a la lista “Gestión Inmobiliaria” que se presentó en el marco del proceso de renovación de autoridades, que “en el plazo de 24 hs. corridas de recibida la notificación pertinente proceda a designar apoderado de la lista de postulantes, debiendo el mismo revestir la calidad de colegiado o matriculado ante este Colegio y cumplir con los requisitos para poder participar en la Asamblea General Ordinaria de fecha 27/11/2025”.
El hecho analizado en la Resolución N°234 del 14 de noviembre consiste en que la mencionada lista “ha designado como apoderada de la misma a una abogada, no matriculada como corredora pública inmobiliaria”.
El art. 50 del Reglamento interno prevé: «En caso de haber más de una lista de candidatos para los cargos del Consejo Directivo (que se deba elegir), se formará una Junta Electoral, integrada por un (1) un representante por cada lista en carácter de apoderado, y por tres representantes del Consejo Directivo que tendrá como único punto el nombramiento del Presidente de la misma. Las decisiones de esta Junta Electoral, solo serán recurribles judicialmente dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas. Todas las situaciones previstas en la ley 9739, referentes al sistema electoral, serán resueltas por la Junta Electoral».
Considerando que ni la Ley orgánica ni el Reglamento Interno prevén que deba o no ser colegiado el apoderado de la lista de postulantes presentada; a los efectos de resolver la situación acaecida es necesario realizar una interpretación de las normas que rigen el tema en cuestión; expresa.
En ese sentido en la resolución se lee “Que no obstante no requerirlo expresamente, una interpretación armónica de las normas que regulan las circunstancias atinentes a la designación de los miembros del Consejo Directivo del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Entre Ríos nos lleva a determinar que la norma requiere que el apoderado que representa a cada lista de postulantes y que integrará la Junta Electoral, DEBE REVESTIR LA CALIDAD DE MATRICULADO en la Institución”.
Luego de analizar distintos aspectos, el Consejo Directivo resolvió requerir a la lista que en el plazo de 24 horas corridas desde la notificación pertinente proceda a designar apoderado de la lista de postulantes, debiendo el mismo revestir la calidad de colegiado o matriculado ante este Colegio y cumplir con los requisitos para poder participar en la Asamblea General Ordinaria de fecha 27/11/2025;
Hace saber que a los fines de poder cumplimentar el requerimiento, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos permanecerá abierto el día SABADO de 08 a 13hs.
En caso de que la lista “Gestión Inmobiliaria” no presente un nuevo representante matriculado dentro del plazo establecido, la lista será considerada incompleta y no podrá ser oficializada para participar en el proceso electoral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51º del reglamento interno.
Asimismo, diferir la oficialización de las listas de candidatos para la elección y designación de los miembros del Consejo Directivo de la Institución y la consecuente conformación de la Junta Electoral, hasta tanto se subsane y cumplimente lo dispuesto en el punto 1 de la presente
La Resolución finalmente consigna “Comuníquese a los matriculados por todos los medios de que el Colegio dispone, notificando la misma al domicilio especial electrónico constituido por los matriculados conforme Art 95 del Reglamento Interno del CCIER, y al domicilio electrónico constituido en la presentación de fecha 13/11/2025, publíquese, regístrese y archívese”.
SE PUEDE LEER LA RESOLUCIÓN COMPLETA AQUÍ