Con fecha 17 de octubre está publicado en el Boletín Oficial la modificación al Código Civil y Comercial de la Nación, por la que habrá nuevas condiciones en los contratos de alquiler de inmuebles.

El proyecto tuvo sanción definitiva en la sesión especial de la Cámara de Diputados, del 10 de octubre, con 128 votos positivos y 114 negativos el dictamen de mayoría.

En el Capítulo IV “Disposiciones finales”, el artículo 12° está referido a la “vigencia” y establece que “las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes”.